La función de asistencia jurídica consiste en:
- El asesoramiento en derecho, mediante la consulta, consejo y asesoramiento jurídico, la realización de notas, informes y dictámenes razonados en derecho, tanto preceptivos cómo facultativos, la participación en la elaboración de las disposiciones de carácter general, la asistencia a órganos colegiados y la verificación de la suficiencia de poder.
- La representación y defensa en juicio en todo tipo de procesos judiciales, así como ante órganos administrativos y en procedimientos arbítrales.
La asistencia jurídica se prestará a la Administración general de la Comunidad Autónoma, a sus organismos autónomos, así como a los órganos estatutarios, siempre que, en este último caso, sus disposiciones reguladoras no dispongan el contrario.
Mediante la formalización del oportuno acuerdo de naturaleza jurídico-pública entre la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia y el órgano competente de la entidad asistida se prestará asistencia jurídica, en los términos que se establezcan reglamentariamente, a las entidades pertenecientes al sector público autonómico distintas de los organismos autónomos.
Los/las letrados/las de la Xunta de Galicia asumirán, en los términos previstos en la ley, la asistencia, representación y defensa de los/de las funcionarios/las, autoridades o personal al servicio de la Administración y entidades asistidas , cuando estos puedan ser parte en procedimientos ante cualquier orden jurisdiccional, cualquier que sea su posición procesal y siempre que el dicho procedimiento se suscite en virtud de actos u omisiones en el ejercicio legítimo de su función o cuando cumplan orden de la autoridad competente.